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Código Penal Artículo 32 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-10-2026

Código Penal
Artículo 32.

La pena de presidio sujeta al condenado a los trabajos prescritos por los reglamentos del respectivo establecimiento penal. Las de reclusión y prisión no le imponen trabajo alguno.



Chile Art. 32 CP
Artículo 1 ...31 BIS 31 TER 32 32 BIS 33 ...501

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