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Código Penal Artículo 291 TER Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13-09-2023

Código Penal
Artículo 291 TER.

Para los efectos del artículo anterior se entenderá por acto de maltrato o crueldad con animales toda acción u omisión, ocasional o reiterada, que injustificadamente causare daño, dolor o sufrimiento al animal.



Chile Art. 291 TER CP
Artículo 1 ...291 291 BIS 291 TER 292 293 ...501

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