Código Penal Artículo 284 sexies Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025
Código Penal
Artículo 284 sexies.
Para efectos de lo dispuesto en los artículos precedentes, se entenderá por secreto comercial la información que reúna los requisitos exigidos por la ley de propiedad industrial.
Chile Art. 284 sexies CP
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19-06-25 01:42:07
Estoy cansado de ocultarlo... te amo, profesor Ascencio.
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18-06-25 11:02:25
Pablo deja de tocarme estamos en clase por favor
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18-06-25 06:32:15
Ultima vez que me tirai la pela asi. Me leiste bien? Victor heredia
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18-06-25 06:28:52
Benja anda a acostarte tonto qlo
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