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Código Penal Artículo 285 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25-11-2024

Código Penal
Artículo 285.

El que por medios fraudulentos alterare el precio de bienes o servicios sufrirá las penas de presidio o reclusión menor en sus grados medio a máximo.



Chile Art. 285 CP
Artículo 1 ...284 quinquies 284 sexies 285 286 287 ...501

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Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"


Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)


El tipo penal es "aplicación pública diferente"


Entonces con que nombre se podría definir este tipo penal?


Gracias sumamente útil para estudiantes saludos


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