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Código Penal Artículo 180 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25-11-2024

Código Penal
Artículo 180.

El que falsificare el sello del Estado o hiciere uso del sello falso, sufrirá la pena de presidio mayor en su grado medio.



Chile Art. 180 CP
Artículo 1 ...178 179 180 181 182 ...501

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