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Código Penal Artículo 54 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Código Penal
Artículo 54.

A los encubridores de tentativa de crimen o simple delito, se impondrá la pena inferior en cuatro grados a la señalada para el crimen o simple delito.



Chile Art. 54 CP
Artículo 1 ...52 53 54 55 56 ...501

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Introduccion al derecho pipipi


quisiera ser cebolla para estar dentro de tu empanada


Profesora Leonila soy su fan #1


hola malditos hijos del semen


hola herrerista25


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