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COT Artículo 39 BIS Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-05-2025

Código Orgánico de Tribunales
Artículo 39 BIS.

En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;

B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMUN:

Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;

Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;

Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;

Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con dos jueces, con jurisdicción sobre la misma comuna, y

Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con dos jueces, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.



Chile Art. 39 BIS Código Orgánico de Tribunales
Artículo 1 ...38 39 39 BIS 39 TER 39 quáter ...FINAL

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ya no qiero estudiar ma derecho loco y apenas voy por el primer año


El articulo 48 de la cpr no tiene na que ver, a cuál se refiere en realidad?


No entiendo a qué se refiere el inciso final...


aquí estudiando pa lo del congreso romano en la uct lokoo


yoigual tuve la prueba jasjfgjas saludos manito


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