COT Artículo 36 Chile
Código Orgánico de Tribunales
Artículo 36.
En la Novena Región, de la Araucanía, existirán los siguientes juzgados de letras:
A.- JUZGADOS CIVILES:
Tres juzgados en lo civil con asiento en la comuna de Temuco, con competencia sobre las comunas de Temuco, Vilcún, Melipeuco, Cunco, Freire y Padre Las Casas.
B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMUN:
Un juzgado con asiento en la comuna de Angol, con competencia sobre las comunas de Angol y Renaico;
Un juzgado con asiento en la comuna de Purén, con competencia sobre las comunas de Purén y Los Sauces;
Un juzgado con asiento en la comuna de Collipulli, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Collipulli y Ercilla;
Un juzgado con asiento en la comuna de Traiguén, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Traiguén y Lumaco;
Un juzgado con asiento en la comuna de Victoria, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de Curacautín, con competencia sobre las comunas de Curacautín y Lonquimay;
Un juzgado con asiento en la comuna de Toltén, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de Loncoche, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de Pitrufquén, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Pitrufquén y Gorbea;
Un juzgado con asiento en la comuna de Villarrica, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de Nueva Imperial, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Nueva Imperial, Cholchol y Teodoro Schmidt;
Un juzgado con asiento en la comuna de Pucón, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Pucón y Curarrehue;
Un juzgado con asiento en la comuna de Lautaro, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de lautaro, Perquenco y Galvarino, y
Un juzgado con asiento en la comuna de Carahue, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Carahue y Saavedra.
Chile Art. 36 Código Orgánico de Tribunales
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ola ola kiero trabajo alo
- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite
quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
josepatriciomonardezarce225@gmail.com
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