Código de Procedimiento Penal Artículo 74 Chile
Código de Procedimiento Penal
Artículo 74.
La Policía de Investigaciones de Chile deberá cumplir en sus respectivos territorios jurisdiccionales las órdenes y resoluciones emanadas de los Tribunales de Justicia y también fuera de ellos, cuando éstos así lo dispongan.
Carabineros de Chile, deberá desempeñar las funciones indicadas precedentemente en aquellos lugares en que no exista Policía de Investigaciones y, aun existiendo, cuando el tribunal así lo resuelva.
Gendarmería de Chile, deberá cumplir las órdenes y resoluciones de los Tribunales de Justicia respecto de los delitos cometidos en el interior de los establecimientos penales, sin perjuicio que el Tribunal pueda encomendar su cumplimiento a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones.
El personal de las instituciones indicadas, cuando cumpla órdenes o resoluciones judiciales actuará de conformidad a lo dispuesto en este Código.
Chile Art. 74 Código de Procedimiento Penal
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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