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Código de Derecho Internacional Privado Artículo 219 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Código de Derecho Internacional Privado
Artículo 219.

Lo es asimismo la prohibición de que el acreedor adquiera la propiedad del inmueble en la anticresis, por falta de pago de la deuda.



Chile Art. 219 CDIP
Artículo 1 ...217 218 219 220 221 ...437

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Robertini eres un wekito


Introduccion al derecho pipipi


quisiera ser cebolla para estar dentro de tu empanada


Profesora Leonila soy su fan #1


hola malditos hijos del semen


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