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Código de Comercio Artículo 129 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18-05-2026

Código de Comercio
Artículo 129.

Los juzgados de comercio podrán, atendidas las circunstancias de la causa, admitir prueba testimonial aun cuando altere o adicione el contenido de las escrituras públicas.



Chile Art. 129 CCom, CDC, C Co
Artículo 1 ...127 128 129 130 131 ...FINAL

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vicente cubillos el mejor jurista que hay y de meli


Muy bien dicho, Don Augusto Jose Ramon Pinochet Ugarte, y su amada esposa Lucia Pinochet Hiriart, fueron los mayores mandatarios en nuestra Nacion.


El juez acoge y no acoge, cierto? pero tambien se puede masturbar?


comanme el moco


Mejores presidentes de la historia de chle:

  • pinochet
  • ibañez del campo
  • bernardo ohiggns
  • pedro montt
  • manuel blanco encalada
  • y, el boris (puta que estaba rica la camila)

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