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Código Civil Artículo 2330 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18-11-2024

Código Civil
Artículo 2330.

La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente.



Chile Art. 2330 CC
Artículo 1 ...2328 2329 2330 2331 2332 ...FINAL

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valesex444


Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.


Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.


Falta agregar en el articulo 12 el numeral 24


cual articulo tiene validez respecto al mismo tema el 494 inciso 8 o el 313 A?


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