Aprueba el texto refundido de la ley n 6,334, que creo las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion Artículo 42 Chile
Aprueba el texto refundido de la ley n 6,334, que creo las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion
Artículo 42.
Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley número 5,169, sobre Impuesto a la Renta, de 30 de mayo de 1933:
a) Substitúyense, en la primera categoría del Título IV, los artículos 6° a 10, inclusives, por los siguientes:
Artículo 6.° Los impuestos que gravan la propiedad raíz no se regirán por la presente ley, salvo las disposiciones de los artículos 7° y 8.°, siguientes, que se refieren al pago de los impuestos global complementario y adicional.
Artículo 7.° Para los efectos de los impuestos global complementario y adicional, no podrá declararse como renta de los bienes raíces una suma inferior al siete por ciento del avalúo de dichos bienes, practicado en conformidad a la ley número 4,174, de 5 de septiembre de 1927, sobre impuesto territorial, sin perjuicio de las rebajas autorizadas en el artículo 53 de la presente ley.
Artículo 8° No obstante lo dispuesto en el artículo anterior y para los mismos efectos señalados en él, podrá declararse la renta realmente producida por los bienes raíces rurales, siempre que dicha renta aparezca comprobada por medio de una contabilidad fidedigna.
El hecho de declarar en un año la renta efectiva, comprobada del modo que se indica en este artículo, obliga al contribuyente a presentar en el futuro sus declaraciones en la misma forma.
La determinación de la renta imponible se regirá en estos casos por las disposiciones de la tercera categoría.
b) Reemplázase el artículo 22 de la ley número 5,169, por el siguiente:
Artículo 22. Los arrendatarios de terrenos empleados en la agricultura no podrán declarar, como renta imponible, una suma inferior al 30 por ciento de la renta de arrendamiento que paguen anualmente por dichos terrenos.
Sin embargo, podrá declararse la renta efectiva siempre que ella aparezca comprobada por medio de una contabilidad fidedigna.
El hecho de declarar en un año la renta efectiva, comprobada del modo que se indica en este artículo, obliga al contribuyente a presentar en el futuro sus declaraciones en la misma forma.
c) Substitúyese el artículo 29 de la ley número 5,169, por el siguiente:
Artículo 29. Las personas naturales o jurídicas que estén afectas al impuesto de esta categoría, tendrán derecho a que se les descuente de la renta imponible una suma igual al siete por ciento del avalúo fiscal de la parte de sus propiedades raíces destinadas exclusivamente al giro de negocios que contempla la presente categoría.
d) En los artículos 44 y 50 de la ley número 5,169, substitúyense las palabras "4,800 pesos", por las palabras "siete mil doscientos pesos".
e) En la letra a) del artículo 52 de la ley número 5,169, reemplázanse las palabras "tres mil pesos" por las palabras "cinco mil pesos"; y en la letra d) del mismo artículo las palabras "dieciocho" por "veintiuno" y "dos mil" por "cinco mil".
f) Deróganse los artículos 55 y 58 de la ley número 5,169.
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Nada habla de los vehículos antiguos 25 años o 30 años los cuales están exentos del grabado de la patente en los vidrios. Mezclan los antiguos con los históricos 40 años
Buenos días. Gracias por llamar nuestra atención. Hemos actualizado este artículo.
"Artículo 451.- Los conservadores de bienes raíces deberán inscribir los títulos en los registros de propiedad, de hipotecas y gravámenes y de interdicciones y prohibiciones de enajenar, así como las anotaciones marginales, dentro del plazo máximo de veinte días desde la presentación de los requerimientos.
En caso de reparos a las solicitudes señaladas en el inciso precedente, el plazo para inscribir será de diez días, contado desde el reingreso.".
incorporar el nuevo artículo 451 del Cot, atendido a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 21.718 sobre agilización de permisos de construcción.
Para alzar el embargo es necesaria una resolución del juez que lo ordene, el abandono del procedimiento no tiene ese efecto.
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