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Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales Artículo 67 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-10-2024

Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales
Artículo 67.

Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2010, del Ministerio de Justicia, que fija y modifica las plantas de personal de Gendarmería de Chile que indica, del siguiente modo y de acuerdo a la gradualidad que se señala:

1. A contar del 1 de marzo de 2024, increméntase en 25 el número de cargos de Mayor grado 8° de la EUS, en 30 el número de cargos de Capitán grado 10° de la EUS, en 5 el número de cargos de Teniente Primero grado 12° de la EUS, de la planta de Oficiales Penitenciarios de su artículo 1.

2. A contar de la misma fecha señalada en el numeral precedente, suprímese en 16 el número de cargos de Teniente Segundo grado 14° de la EUS y en 44 el número de cargos de Subteniente grado 16° de la EUS, de la planta de Oficiales Penitenciarios de su artículo 1.

3. A contar del 1 de enero de 2025, increméntase en 11 el número de cargos de Coronel grado 4° de la EUS, en 11 el número de cargos de Teniente Coronel grado 6° de la EUS y en 4 el número de cargos de Teniente Segundo grado 14° de la EUS, de la planta de Oficiales Penitenciarios de su artículo 1.

4. A contar de la misma fecha señalada en el numeral precedente, suprímese en 1 el número de cargos de Mayor grado 8° de la EUS, en 16 el número de cargos de Capitán grado 10° de la EUS, en 5 el número de cargos de Teniente Primero grado 12° de la EUS y en 4 el número de cargos de Subteniente grado 16° de la EUS, de la planta de Oficiales Penitenciarios de su artículo 1.

5. A contar del 1 de marzo de 2024, increméntase en 30 el número de cargos Suboficial Mayor de grado 9° de la EUS, en 50 el número de cargos de Suboficial grado 10° de la EUS, en 70 el número de cargos de Sargento Primero grado 12° de la EUS, en 100 el número de cargos de Sargento Segundo grado 14° de la EUS, en 150 el número de cargos de Cabo Primero grado 16° de la EUS, en 50 el número de cargos de Cabo Segundo grado 18° de la EUS, y en 150 el número de cargos de Cabo grado 20° de la EUS, de la planta de Suboficiales y Gendarmes de su artículo 2.

6. A contar de la misma fecha señalada en el numeral precedente, suprímese en 600 el número de cargos de Gendarme grado 26° de la EUS, de la planta de Suboficiales y Gendarmes de su artículo 2.



Chile Art. 67 Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales
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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa


VALE SEX vosotros sabéis


Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.


Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.


Es formal o sustantivo?


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