Moderniza el sistema de relaciones laborales Chile
Moderniza el sistema de relaciones laborales
- Artículo 1. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código del Trabajo, cuyo...
- Artículo 2. Créase el Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas,...
- Artículo 3. El Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas estará...
- Artículo 4. Créase el Consejo Superior Laboral, en adelante "el Consejo", de carácter...
- Artículo 5. Al Consejo le corresponderán las siguientes funciones: 1. Elaborar,...
- Artículo 6. El Consejo estará integrado por nueve miembros de reconocida trayectoria en...
- Artículo 7. Los integrantes del Consejo no serán remunerados en sus funciones y cesarán...
- Artículo 8. El Consejo sesionará con al menos cinco de sus miembros y sus acuerdos se...
- Artículo 9. El Consejo sesionará ordinariamente al menos una vez al mes. Además,...
- Artículo 10. El Consejo contará con una Secretaría Técnica que estará radicada en la...
- Artículo 11. Un reglamento del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, suscrito...
- Artículo 12. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el...
- Artículo 13. Intercálase en el artículo 6° de la ley N° 19.886 el siguiente inciso...
- Artículo 14. Agrégase en el inciso primero del artículo 46 de la ley N° 19.518 la...
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consulta , si yo rendi la prueba y saque A, el 2017 y ecien este año me vuelvo a evaluar por estar recien en un colegio con carrera docente otra vez, debo rendir la prueba o aun me sirve esa primera A que saque ?
Buenos días. Corregido, gracias por su atención.
el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."
10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa
10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio
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