Ley sobre plan habitacional Artículo 37 Chile
Ley sobre plan habitacional
Artículo 37.
Las Compañías de Seguros podrán invertir los fondos a que se refiere el artículo 21.o del decreto con fuerza de ley N.o 251, de 1931, en cuentas de "ahorro para la vivienda".
Los tutores y curadores podrán depositar los fondos de sus pupilos en cuentas de "ahorro para la vivienda" y con ello se entenderá cumplida la obligación que le impone el artículo 406 del Código Civil y quedarán exentos de la responsabilidad indicada en el inciso final de dicho precepto.
Los Bancos comerciales o hipotecarios que desempeñen comisiones de confianza, de acuerdo con la ley N.o 4,827, podrán invertir los dineros a que alude el inciso primero del artículo 6.o de esa ley, a falta de instrucciones o determinaciones de su propietario o titular, en hacer depósitos en cuentas de "ahorro para la vivienda".
Chile Art. 37 Ley sobre plan habitacional
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Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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