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Ley organica constitucional de bases generales de la administracion del estado Artículo 7 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-10-2024

Ley organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
Artículo 7.

Los funcionarios de la Administración del Estado estarán afectos a un régimen jerarquizado y disciplinado. Deberán cumplir fiel y esmeradamente sus obligaciones para con el servicio y obedecer las órdenes que les imparta el superior jerárquico.



Chile Art. 7 Ley organica constitucional de bases generales de la administracion del estado
Artículo 1 ...5 6 7 8 9 ...FINAL

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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa


VALE SEX vosotros sabéis


Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.


Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.


Es formal o sustantivo?


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