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Establece sistema de salud de las fuerzas armadas Artículo 16 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Establece sistema de salud de las fuerzas armadas
Artículo 16.

Las prestaciones de medicina curativa serán las siguientes:

a) Atención médica, que comprende consulta, exámenes y procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos; hospitalización, incluidos los medicamentos, atención obstétrica, tratamientos y demás atenciones y acciones de salud que se establezcan. Se excluyen los medicamentos prescritos en la atención ambulatoria, salvo aquellos que determine la autoridad administradora del Fondo respectivo;

b) Atención odontológica, con exclusión de aquella que signifique el empleo de materiales y tecnología de elevado costo con fines meramente estéticos, sin perjuicio de que ésta pueda efectuarse con cargo a los interesados;

c) Realización de tratamientos o exámenes especializados con los que no cuenten los organismos del Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas, previa autorización otorgada conforme al respectivo procedimiento institucional;

d) Adquisición de prótesis, órtesis y demás elementos prescritos para la rehabilitación del individuo, en la forma que determine el Fondo de Salud respectivo;

e) Atención de urgencia, incluyendo el tratamiento profesional y los medicamentos empleados en ella, y f) Acciones de promoción, protección y otras de carácter general, relativas a la salud, determinadas en programas y planes de la respectiva Institución.



Chile Art. 16 Establece sistema de salud de las fuerzas armadas
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jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite


quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo

[email protected]


Que página más buena.


ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


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