Establece medidas de protección a la lactancia materna y su ejercicio Chile
Establece medidas de protección a la lactancia materna y su ejercicio
- TÍTULO I
DE LA PROTECCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA Y AL AMAMANTAMIENTO - Artículo 1. Objetivos de la ley. Esta ley tiene como objetivos principales: 1)...
- Artículo 2. Derecho al amamantamiento libre. Toda madre tiene el derecho a amamantar a...
- Artículo 3. De la sanción y procedimiento. La persona que arbitrariamente prive a una...
- Artículo 4. Derecho a la información y deber de publicidad. Todas las personas,...
- Artículo 5. Participación y corresponsabilidad social. Toda persona tiene derecho a...
- TÍTULO II
MODIFICACIONES A DIVERSAS NORMAS LEGALES - Artículo 6. Reemplázase el artículo 18 del Código Sanitario por el siguiente:...
- Artículo 7. Agréganse en el artículo 1º de la ley Nº 20.670, que crea el Sistema Elige...
- Artículo 8. Incorpórase en el artículo 11 de la ley Nº 20.379, que crea el Sistema...
- Artículo 9. Intercálase en el inciso primero del artículo 2º de la ley Nº 20.609, que...
- Artículo 10. Modifícase la letra c) del artículo 13 del decreto 307, del Ministerio de...
- Artículo 11. Intercálase, en el inciso cuarto del artículo 2º del Código del Trabajo, a...
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Se llama alimentario. Las deudas de pensión de alimentos prescriben en 5 años desde que se hicieron exigibles. Con la sentencia que declara el cese de la pensión, simplemente dejarán de devengarse las pensiones periódicas, pero las ya devengadas con anterioridad subsisten por el plazo señalado.
Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión
Artículo incompleto, saludos
Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"
Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)
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