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Direccion general del credito prendario Artículo 37 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-07-2024

Direccion general del credito prendario
Artículo 37.

Art. 29° DFL. Artículo 37°.- La Dirección, 33 de 1983. cobrará los derechos o comisiones

que fije el Director General por

concepto de renovaciones de

préstamos, otorgamiento de

duplicados de pólizas, y del

rescate, conservación, depósito,

martillo, traslado y otros causados

por las especies que se hubiere

recibido y de los demás actos o

condiciones de los préstamos, así

como por las tasaciones al público

que se efectúen. La determinación

de estos derechos o comisiones se

hará también de conformidad a la

disposición citada en el artículo

anterior.



Chile Art. 37 Direccion general del credito prendario
Artículo 1 ...35 36 37 38 39 ...63

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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc


Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.


b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.


Dirección: Independencia 571

Email: [email protected]

Sitio web: www.sergioarenasabogado.cl


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