Creacion, integracion y autorizacion de universidades que indica Chile
Creacion, integracion y autorizacion de universidades que indica
- I.- CREACION DE LA UNIVERSIDAD DEL BIO-BIO {ARTS. 1-8}
- Artículo 1. Créase la Universidad del Bío-Bío, institución de educación superior del...
- Artículo 2. Serán aplicables a la Universidad del Bío-Bío las disposiciones establecidas...
- Artículo 3. Deróganse los decretos con fuerza de ley N°s. 15 y 16, de 1981, del...
- Artículo 4. El actual personal del Instituto Profesional de Chillán y de la Universidad...
- Artículo 5. Los alumnos del Instituto Profesional de Chillán y de la Universidad de...
- Artículo 6. Los actuales alumnos del Instituto Profesional de Chillán y de la...
- Artículo 7. Los aportes fiscales, directos e indirectos, y el fondo de crédito...
- Artículo 8. Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 180...
- II.- INTEGRACION DE LA UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE Y DEL INSTITUTO PROFESIONAL DE VALDIVIA {ARTS. 9-13}
- Artículo 9. Facúltase al Instituto Profesional de Valdivia creado por el decreto con...
- Artículo 10. El proceso de integración deberá formalizarse mediante convenios suscritos...
- Artículo 11. El personal del Instituto Profesional de Valdivia que mediante este proceso...
- Artículo 12. Producida la integración, los alumnos del Instituto Profesional de Valdivia...
- Artículo 13. Producida la integración, los aportes fiscales, directos e indirectos y el...
- III.- AUTORIZACION A LA FUNDACION ADOLFO IBAÑEZ {ART. 14}
- Artículo 14. Autorízase a la Fundación Adolfo Ibáñez para que cree una universidad, que...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
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