Crea sociedad anónima del estado denominada fondo de infraestructura s.a Artículo 7 Chile
Crea sociedad anónima del estado denominada fondo de infraestructura s.a.
Artículo 7.
Las concesiones que el Fondo podrá otorgar tendrán el plazo de duración que determine el contrato, sin que en ningún caso éste pueda ser superior a cincuenta años. El Fondo podrá convenir con el concesionario las adecuaciones a los contratos de concesión que resulten imprescindibles, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las bases de licitación, velando siempre por mantener o incrementar el valor económico del Fondo.
El derecho de concesión otorgado es transferible únicamente al que reuniere los requisitos que la presente ley, las bases y el contrato respectivo establezcan para ser concesionario, debiendo cederse como un todo, comprendiendo el conjunto de derechos y obligaciones de dicho contrato.
El Fondo autorizará dicha transferencia siempre que en ella se dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior. La transferencia hecha en contravención al presente artículo es nula de pleno derecho, siendo juez competente para declarar la nulidad el del domicilio del Fondo.
Concluida la vigencia de una concesión, el Fondo podrá licitar nuevamente, manteniendo, disminuyendo o aumentando los bienes y derechos comprendidos en la nueva licitación. Ésta deberá efectuarse con la anticipación necesaria para que no exista interrupción en la prestación de servicios en el período que medie entre el término de una concesión y el comienzo de la siguiente.
Chile Art. 7 Crea sociedad anónima del estado denominada fondo de infraestructura s.a
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Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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