Crea quince centros de formación técnica estatales Artículo 4 Chile
Crea quince centros de formación técnica estatales
Artículo 4.
Los centros de formación técnica deberán:
a) Entregar formación pertinente a través de una vinculación efectiva con el sector productivo de su región, orientada hacia el desempeño en el mundo laboral, el desarrollo de habilidades interpersonales y el pleno conocimiento de derechos y deberes laborales vigentes. b) Incorporar en el diseño de su modelo formativo las características de sus estudiantes, a fin de facilitar su retención, promoción, egreso y titulación. c) Articular trayectorias formativas con otros niveles educacionales y, en particular, con los niveles de enseñanza media técnico profesional y enseñanza profesional y universitaria. d) Colaborar activamente entre sí y con las universidades del Estado para el cumplimiento de sus fines. e) Promover la actualización permanente de su cuerpo académico, directivo y funcionario. f) Entregar una formación pluralista, inclusiva, laica, democrática y participativa y que considere las características socioculturales del territorio en que se asienta.
Sin perjuicio de lo establecido en la letra d), las entidades siempre podrán colaborar con otras instituciones de educación superior acreditadas institucionalmente, nacionales o extranjeras, y con instituciones regionales afines.
Chile Art. 4 Crea quince centros de formación técnica estatales
Mejores juristas
Andrés Retamales
Tu Consulta Jurídica SpA
Rodrigo Cortés Barrera
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Hola! Podrías enviar tu caso al correo, preguntas por matías, tenemos mucha trayectoria en causas de propiedades familiares, podríamos ofrecerte un servicio jurídico integral para ayudarte con este problema.
Leer de nuevo
Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones Artículo 63. Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile. Artículo 120. Normas complementarias de administracion financiera, personal y de incidencia presupuestaria Artículo 7. Crea el servicio nacional de reinserción social juvenil e introduce modificaciones a la ley n° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica Artículo 29. Modelo de i... Ley de hacienda sobre ordenanza de aduanas Artículo 135 BIS.Recomendados
Fija normas especiales para las empresas de menor tamaño Artículo 26. Remuneración del asesor Posterga el reavalúo de los bienes raíces de la serie agrícola y se prorroga por dieciocho meses la vigencia del avalúo de los mismos bienes vigentes al 30 de junio de 2014 Artículo 2. Estatuto del personal de carabineros de chile Artículo 81. Código de Derecho Internacional Privado Artículo 96. Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público Artículo 8.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios