Crea el fondo nacional de desarrollo cultural y las artes Chile
Crea el fondo nacional de desarrollo cultural y las artes
- TITULO I
Del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes Derogado.-
Párrafo 1º
Naturaleza, Funciones y Organos Derogado. - Artículo 1. Derogado.
- Artículo 2. Derogado.
- Artículo 3. Derogado.
- Artículo 4. Derogado.
- Párrafo 2º
Del Directorio Derogado. - Artículo 5. Derogado.
- Artículo 6. Derogado.
- Artículo 7. Derogado.
- Artículo 8. Derogado.
- Artículo 9. Derogado.
- Párrafo 3º
Del Subdirector Nacional Derogado. - Artículo 10. Derogado.
- Artículo 11. Derogado.
- Párrafo 4º
Del Comité Consultivo Nacional Derogado. - Artículo 12. Derogado.
- Artículo 13. Derogado.
- Artículo 14. Derogado.
- Artículo 15. Derogado.
- Párrafo 5º
De los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes Derogado. - Artículo 16. Derogado.
- Artículo 17. Derogado.
- Artículo 18. Derogado.
- Artículo 19. Derogado.
- Artículo 20. Derogado.
- Artículo 21. Derogado.
- Artículo 22. Derogado.
- Artículo 23. Derogado.
- Artículo 24. Derogado.
- Párrafo 6º
Del Patrimonio Derogado. - Artículo 25. Derogado.
- Párrafo 7º
Del Personal Derogado. - Artículo 26. Derogado.
- Artículo 27. Derogado.
- TITULO II
Párrafo 1º - Artículo 28. Créase el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, en adelante "el...
- Artículo 29. El Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes estará constituido, en...
- Artículo 30. El Fondo se desglosará, a lo menos, en las siguientes líneas específicas de...
- Artículo 31. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de las Culturas,...
- Artículo 32. El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio deberá publicar en...
- Artículo 33. Los criterios de evaluación de los proyectos que establezca el reglamento...
- Artículo 34. La selección de los proyectos que se propongan tanto a nivel regional como...
- Artículo 35. La Ley de Presupuestos del sector público determinará, cada año, los...
- TITULO III
Disposiciones Generales Derogado.- - Artículo 36. Derogado.
- Artículo 37. Derogado.
- Artículo 38. Derogado.
- Artículo 39. Derogado.
- Artículo 40. Derogado.
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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