Crea el consejo fiscal autónomo Chile
Crea el consejo fiscal autónomo
- Artículo 1. Créase el Consejo Fiscal Autónomo (en adelante también "el Consejo"), como...
- Artículo 2. El Consejo Fiscal Autónomo tiene por objeto contribuir con el manejo...
- Artículo 3. El Consejo estará integrado por cinco miembros, denominados consejeros,...
- Artículo 4. Los miembros del Consejo Fiscal Autónomo cesarán en sus funciones por: 1....
- Artículo 5. El desempeño de las labores de consejero será compatible con el ejercicio...
- Artículo 6. No podrán desempeñarse como miembros del Consejo: a) Las personas que...
- Artículo 7. Los consejeros percibirán una dieta equivalente a 12 unidades de fomento por...
- Artículo 8. Para el ejercicio de sus funciones, el Consejo podrá solicitar la...
- Artículo 9. Al Presidente del Consejo le corresponderán especialmente las siguientes...
- Artículo 10. El Consejo sesionará con la asistencia de al menos tres de sus miembros, y...
- Artículo 11. Un reglamento expedido mediante decreto supremo por el Ministerio de...
- Artículo 12. El Consejo publicará los informes que prepare y la información o...
- Artículo 13. En el ejercicio de sus funciones, los miembros del Consejo no podrán...
- Artículo 14. El patrimonio del Consejo estará formado por: a) El aporte que contemple...
- Artículo 15. Los consejeros estarán obligados a realizar una declaración de intereses,...
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no, quedará como filiación contra la oposición
sí si se puede, yo lo hice y no paso nada
Hola quisiera saber si el padre puede reconocer a un hijo después de que la sentencia del tribunal sea por el artículo. 203 del codigo civil. Es decir si se puede cambiar esa situación ya que en el certificado de nacimiento sale la filiación paternal por el código 203.
Gracias
Entonces existe una excepción donde predomina el IFC sobre el plan regulador. Eso lo define quien ?
Buenas días, junto con saludarlos quisiera hacer una consulta. Estoy tramitando una posesión efectiva testada la cual cumplió con los tramites establecidos. Pero me falta la publicación en el diario oficial el cual ya no publica (gratis) este tipo de resoluciones.
Publique en un diario electrónico DIARIO AVISOS LEGALES por 3 días y el tribunal (5 juzgado civil de valparaíso) rechazo la publicación ya que no es su giro este tipo de publicaciones.
Anteriormente busque otro tipo de publicaciones pero escritas y son demasiados caras y no están al ancanse de mi bolsillo.
Consulta tendré que buscar otros medios informativos y ver su giro para hacer este tipo de publicaciones o es el tribunal que esta con un sesgo arbitrario con respecto a ciertos medios de comunicación.
Agradecido y esperando una orientación quedo atento.
Gracias
Publique la información de sí mismo
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