Crea el consejo fiscal autónomo Chile
Crea el consejo fiscal autónomo
- Artículo 1. Créase el Consejo Fiscal Autónomo (en adelante también "el Consejo"), como...
- Artículo 2. El Consejo Fiscal Autónomo tiene por objeto contribuir con el manejo...
- Artículo 3. El Consejo estará integrado por cinco miembros, denominados consejeros,...
- Artículo 4. Los miembros del Consejo Fiscal Autónomo cesarán en sus funciones por: 1....
- Artículo 5. El desempeño de las labores de consejero será compatible con el ejercicio...
- Artículo 6. No podrán desempeñarse como miembros del Consejo: a) Las personas que...
- Artículo 7. Los consejeros percibirán una dieta equivalente a 12 unidades de fomento por...
- Artículo 8. Para el ejercicio de sus funciones, el Consejo podrá solicitar la...
- Artículo 9. Al Presidente del Consejo le corresponderán especialmente las siguientes...
- Artículo 10. El Consejo sesionará con la asistencia de al menos tres de sus miembros, y...
- Artículo 11. Un reglamento expedido mediante decreto supremo por el Ministerio de...
- Artículo 12. El Consejo publicará los informes que prepare y la información o...
- Artículo 13. En el ejercicio de sus funciones, los miembros del Consejo no podrán...
- Artículo 14. El patrimonio del Consejo estará formado por: a) El aporte que contemple...
- Artículo 15. Los consejeros estarán obligados a realizar una declaración de intereses,...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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