Concede personalidad juridica a la comision administrativa compuesta del intendente de concepcion, el primer alcalde de la misma ciudad y el vicepresidente de la junta de beneficencia de concepcion, para que desempeñe la administracion del fundo Chile
Concede personalidad juridica a la comision administrativa compuesta del intendente de concepcion, el primer alcalde de la misma ciudad y el vicepresidente de la junta de beneficencia de concepcion, para que desempeñe la administracion del fundo
- Artículo 1. Confiérese personalidad jurídica a la Comisión Administrativa, compuesta por...
- Artículo 2. La comisión será presidida por el intendente, y celebrará sus sesiones con...
- Artículo 3. El desempaño de la Comisión Administrativa a que se refiere esta ley, no...
- Artículo 4. La Corporación tendrá poder suficiente para efectuar todos los actos...
- Artículo 5. Podrá la comisión designar un administrador rentado o no, que tenga a su...
- Artículo 6. Será incumbencia primordial de la comisión el correcto y completo...
- Artículo 7. La Junta de Beneficencia de Concepción o la entidad que la reemplace en la...
- Artículo 8. La comisión llevará cuenta de las entradas y gastos relativos a su gestión y...
- Artículo 9. La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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