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COT Artículo 295 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01-05-2024

Código Orgánico de Tribunales
Artículo 295.

Los postulantes a cargos del Escalafón del Personal de Empleados deberán cumplir con los siguientes requisitos para su ingreso al servicio:

a) Ser chileno;

b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;

c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;

d) Haber aprobado el nivel de educación media, o equivalente;

e) No haber cesado en un cargo en el Poder Judicial o en la Administración del Estado como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, y

f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o acusado por crimen o simple delito.



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Los comentarios de los usuarios

hola en el 295 letra E, pasado el tiempo de inhabilidad legal ( 5 años ) , es factible poder postular nuevamente a un cargo publico ?????

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