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Código Civil Artículo 1878 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2026

Código Civil
Artículo 1878.

Por el pacto comisorio no se priva al vendedor de la elección de acciones que le concede el artículo 1873.



Chile Art. 1878 CC
Artículo 1 ...1876 1877 1878 1879 1880 ...FINAL

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Los nuevos comentarios en el sitio web

estos ctm no tienen niuna wea mejor qeu hacer que tirar la pela estudien flojos qlos , si a ustedes de mas abajo pajeros del moco


los weones con tiempo para dedicarse a comentar por aca


Chupenme el pico los de la uai feos kliaos


alvaro Rodriguez me cagaste la vida.


Javier contreras pervertido


Últimos comentarios



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