Código Aeronáutico Artículo 112 Chile
Código Aeronáutico
Artículo 112.
El intercambio de aeronaves es un contrato en virtud del cual dos o más explotadores se ceden recíprocamente el derecho a utilizar sus respectivas aeronaves, con o sin tripulación.
Chile Art. 112 Código Aeronáutico
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En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.
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