Autoriza a erigir monumentos o memoriales y crear museos en memoria de los héroes del riñihue Artículo 6 Chile
Autoriza a erigir monumentos o memoriales y crear museos en memoria de los héroes del riñihue
Artículo 6.
La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
a) Preparar las bases y efectuar el llamado a concurso público o contratar directamente, según lo estime conveniente.
b) Determinar la ubicación exacta donde se localizarán los monumentos, memoriales y/o museos, según lo establecido en el artículo 2.
c) Realizar la colecta pública dispuesta en el artículo 3, en coordinación con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
d) Resolver el concurso público mencionado en la letra a) precedente.
e) Adquirir los bienes necesarios para emplazar y erigir los monumentos, memoriales y/o museos.
Chile Art. 6 Autoriza a erigir monumentos o memoriales y crear museos en memoria de los héroes del riñihue
Mejores juristas
![](/images/photos/min/714.jpeg)
![](/images/photos/min/guest.png)
![](/images/photos/min/56.jpeg)
![](/images/photos/min/35.jpeg)
![](/images/photos/min/72.jpeg)
Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios