Arancel consular de chile Artículo 2 Chile
Arancel consular de chile
Artículo 2.
Naves
Nacionales Extranjeras ------------------------------------------------------- N° 1.- Por la reposición de algunos de los papeles de una nave mercante nacional o extranjera en caso de extravío o por agregación de fojas en el rol de tripulación________ 10 N° 2.- Por intervenir en el arreglo de salarios o dejación de empleos, de la tripulación de una nave nacional o de trabajadores chilenos en naves extranjeras_____________________ 5 N° 3.- Por certificación de embarque y desembarque de marineros, por cada tripulante__ 5 N° 4.- Por el certificado de visita de una nave para reconocer sus escotillas, carga, etc______________________ 20 N° 5- Por expedir una Patente de Sanidad, cuando no lo hiciere la autoridad local______________ 10 N° 6.- Por intervenir en el nombramiento de Capitán de una nave mercante nacional______ 25 N° 7.- Por un Pasavante o Patente provisional de navegación para naves hasta de 5.000 toneladas de registro grueso o bruto__________________ 100 N° 8.- Por un Pasavante o Patente Provisional de navegación para naves de más de 5.000 toneladas de registro grueso o bruto, además del derecho anterior, por cada tonelada de exceso__________________________ 0.10 N° 9.- Por intervenir en la compraventa de una nave nacional de hasta 5.000 toneladas siempre que haya cambio de bandera y por expedir el certificado correspondiente_________________ 50 N° 10.- Por la misma actuación en naves de 5.000 toneladas de registro grueso o bruto, además del derecho anterior por cada tonelada de exceso__________________________ 0.60 N° 11.- Por el auto que se expidiere aprobando la distribución de averías y el premio de salvamento, por la autorización de un préstamo a la gruesa, desembarco de carga o abandono de una nave____________ 25 N° 12.- Por intervenir en el acto de levantar un préstamo a la gruesa sobre el total__________________ 3% N° 13.- Por intervenir en la venta de mercaderías averiadas que no puedan conservarse hasta la reparación de la nave, sobre el producto_______________ 2% N° 14.- Por certificar la circunstancia respecto de aquel personal embarcado que rehusare la contratación temporal, en condiciones a lo menos iguales a las convenidas en los contratos vigentes________________________ 5 N° 15.- Por calificar las circunstancias que hagan o no posible llevar a efecto la huelga en el respectivo puerto, la que ejercerán a solicitud de la mayoría de los trabajadores de la nave involucrada en la negociación_____________________ 10 N° 16.- Por autorizar la firma en las denuncias o protestas formuladas por el armador o capitanes de naves nacionales en puertos extranjeros, ante las respectivas Autoridades Marítimas locales por accidentes o daños a la nave o a la carga_______________ 12 N° 17.- Por cualquiera otra certificación o actuación no comprendida en los números precedentes para naves___________________________ 10
Chile Art. 2 Arancel consular de chile
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Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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De propiedad industrial Artículo 70. Establece incentivos para el desarrollo economico de las regiones de aysen y de magallanes, y de la provincia de palena Artículo 9. Aprueba reglamento de asignaciones, sobresueldos, gratificaciones especiales y otros derechos económicos del personal de la policía de investigaciones de chile Artículo 9. Ley organica del servicio de impuestos internos y adecua disposiciones legales que señala Artículo 3. Aprueba reglamento de asignaciones, sobresueldos, gratificaciones especiales y otros derechos económicos del personal de la policía de investigaciones de chile Artículo 10.Publique la información de sí mismo
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