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Arancel consular de chile Artículo 2 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-04-2024

Arancel consular de chile
Artículo 2.

Naves

Nacionales Extranjeras ------------------------------------------------------- N° 1.- Por la reposición de algunos de los papeles de una nave mercante nacional o extranjera en caso de extravío o por agregación de fojas en el rol de tripulación________ 10 N° 2.- Por intervenir en el arreglo de salarios o dejación de empleos, de la tripulación de una nave nacional o de trabajadores chilenos en naves extranjeras_____________________ 5 N° 3.- Por certificación de embarque y desembarque de marineros, por cada tripulante__ 5 N° 4.- Por el certificado de visita de una nave para reconocer sus escotillas, carga, etc______________________ 20 N° 5- Por expedir una Patente de Sanidad, cuando no lo hiciere la autoridad local______________ 10 N° 6.- Por intervenir en el nombramiento de Capitán de una nave mercante nacional______ 25 N° 7.- Por un Pasavante o Patente provisional de navegación para naves hasta de 5.000 toneladas de registro grueso o bruto__________________ 100 N° 8.- Por un Pasavante o Patente Provisional de navegación para naves de más de 5.000 toneladas de registro grueso o bruto, además del derecho anterior, por cada tonelada de exceso__________________________ 0.10 N° 9.- Por intervenir en la compraventa de una nave nacional de hasta 5.000 toneladas siempre que haya cambio de bandera y por expedir el certificado correspondiente_________________ 50 N° 10.- Por la misma actuación en naves de 5.000 toneladas de registro grueso o bruto, además del derecho anterior por cada tonelada de exceso__________________________ 0.60 N° 11.- Por el auto que se expidiere aprobando la distribución de averías y el premio de salvamento, por la autorización de un préstamo a la gruesa, desembarco de carga o abandono de una nave____________ 25 N° 12.- Por intervenir en el acto de levantar un préstamo a la gruesa sobre el total__________________ 3% N° 13.- Por intervenir en la venta de mercaderías averiadas que no puedan conservarse hasta la reparación de la nave, sobre el producto_______________ 2% N° 14.- Por certificar la circunstancia respecto de aquel personal embarcado que rehusare la contratación temporal, en condiciones a lo menos iguales a las convenidas en los contratos vigentes________________________ 5 N° 15.- Por calificar las circunstancias que hagan o no posible llevar a efecto la huelga en el respectivo puerto, la que ejercerán a solicitud de la mayoría de los trabajadores de la nave involucrada en la negociación_____________________ 10 N° 16.- Por autorizar la firma en las denuncias o protestas formuladas por el armador o capitanes de naves nacionales en puertos extranjeros, ante las respectivas Autoridades Marítimas locales por accidentes o daños a la nave o a la carga_______________ 12 N° 17.- Por cualquiera otra certificación o actuación no comprendida en los números precedentes para naves___________________________ 10



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Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.

 El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.

 PREGUNTA:

Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.

 ¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?


Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.


Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


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