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Nombre: Ignacio Enrique Alarcon Benavides

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Está en el sitio desde: 12-10-20

Los comentarios del usuario Ignacio Enrique Alarcon Benavides

existen tres tipificaciones de lesiones en Chile, la mas importante son lesiones graves, la que le signe es la lesiones menos graves y por ultimo tenemos las lesiones leves. las dos primeras son conocidas por el ministerio publico y por ende por los tribunales penales (juzgados de garantia o juzgados orales en lo penal) y la ultima es conocida por los juzgados de policía local; ahora en atención a lo descrito por usted. la calificación de la lesión no la entrega el ministerio publico o fiscalía, la entrega el medico tratante o bien el certificado de constatación de lesiones emitido por un facultativo medico. veo que la calificación de la lesión como menos grave estaría correcta, mas cuando la atención fue3 ambulatoria y no coloco directamente en riesgo su vida, una lesión grave es aquella que imposibilita el normal desenvolvimiento de la victima como la perdida de un miembro o la hospitalizan prolongada producto de la lesión. no se complique con la terminología menos grave, siga atenta a la tramitación del proceso y en caso de sentencia condenatoria, podría demandar indemnización de daños y perjuicios en tribunales civiles, también podría buscar un abogado e interponer una querella y en conjunto la indemnización pero recomiendo pedir la indemnización en tribunales civiles con posterioridad. saludos.

Atte. a usted


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


Si usted es la víctima en causa por VIF y no se presenta a la audiencia preparatoria del juicio hay que distinguir si la causa es penal o en juzgados de familia. Si es en juzgados de familia, la ausencia de la denunciante podrá el tribunal archivar la causa, sin embargo, dependiendo de la gravedad de los hechos denunciados el tribunal decretará medios de prueba de oficio y se continuará con el proceso hasta dictar sentencia, sea condenatoria o absolutoria. Si la causa es penal, la ausencia de la víctima a la audiencia preparatoria no tiene mucha tracendencia, toda vez que es el momento de la víctima haga uso de su derecho a ser oida y el proceso continuará hasta dictar sentencia, sea condenatoria o absolutoria. Pero, en el caso penal, si la víctima no solo no se presenta a esa audiencia, sino que no participará más en el juicio, el Ministerio Público carecerá del medio de prueba más importante para lograr una condena, esto no quiere decir que no podrá probar la acusación, sino que se le hará mucho más difícil.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


La celebración de matrimonio por mandato es lícito en Chile. Se debe cumplir con las exigencias legales establecidas en el Código Civil y en la ley del Registro Civil. Incluso se puede celebrar matrimonio con mandato de ambos cónyuges, más aún, estando ambos fuera del país.


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la ley de tránsito al señala:

Artículo 156.- Carabineros de Chile e InspectoresFiscales o Municipales podrán retirar los vehículos

abandonados o que se encuentren estacionados sin su

conductor, contraviniendo las disposiciones de esta ley,

enviándolos a los locales que, para tal efecto, debe

habilitar y mantener la Municipalidad.

Esto se interpretaría que se entiende abandonado el vehículo estacionado en infracción de tránsito, es decir, estacionado en lugar prohíbido como la platabanda, costado izquierdo de la calzada, sobre la acera, sobre paso peatonal, a menos de 200 metro de túnel, gradiente, etc.

Así, se puede eliminar el peligro de accidente que significa ese vehículo mal estacionado, finalidad de la señal o demarcación de tránsito, en este caso restrictiva o prohibitiva.

Así las cosas, si el vehículo está estacionado en lugar que lo habilita para ello, podrá pasar años ahí, sin infringir la norma de tránsito, sin perjuicio que se pudieran aplicar otras normas jurídicas para el retiro del vehículo, por ejemplo que se ha vuelto un foco de insalubridad.

Por tanto, el criterio para el retiro del vehículo por abandono es claro; estar estacionado en lugar prohibido y generalmente los inspectores municipales dejan carteles de aviso de retiro con plazos expresos, dando la posibilidad al dueño o poseedor del vehículo lo retire del lugar.


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