Regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales Chile
Regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales
- TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Objeto de la ley
- Artículo 2. Especialidad
- Artículo 3. Principios de aplicación
- TÍTULO II
DENUNCIA, ENTREVISTA INVESTIGATIVA VIDEOGRABADA Y DECLARACIÓN JUDICIAL
1. De la denuncia - Artículo 4. De la denuncia
- 2. De la entrevista investigativa videograbada
- Artículo 5. Objeto de la entrevista investigativa videograbada
- Artículo 6. Designación del entrevistador
- Artículo 7. Oportunidad de la entrevista investigativa videograbada
- Artículo 8. Del desarrollo de la entrevista investigativa videograbada
- Artículo 9. Suspensión de la entrevista investigativa videograbada
- Artículo 10. De la realización de otras entrevistas investigativas videograbadas
- Artículo 11. Otras diligencias investigativas
- Artículo 12. Prohibición de referirse al contenido de la entrevista investigativa
- 3. De la declaración judicial
- Artículo 13. Objeto de la declaración judicial
- Artículo 14. Declaración voluntaria en juicio de los adolescentes
- Artículo 15. Designación del entrevistador que actuará como intermediario en la declaración judicial
- Artículo 16. De la declaración judicial anticipada
- Artículo 17. Del desarrollo de la declaración judicial
- Artículo 18. Reproducción del video de la entrevista investigativa videograbada en la audiencia de juicio
- 4. Disposiciones comunes a la entrevista investigativa videograbada y a la declaración judicial
- Artículo 19. Del entrevistador
- Artículo 20. Lugar donde deben efectuarse la entrevista investigativa videograbada y la declaración judicial
- Artículo 21. Condiciones de realización de las entrevistas investigativas videograbadas y de las declaraciones judiciales
- Artículo 22. Del registro de la entrevista investigativa videograbada y de la declaración judicial
- Artículo 23. Reserva del contenido de la entrevista investigativa videograbada y de la declaración judicial
- Artículo 23 bis. Acceso a los registros de entrevistas investigativas videograbadas y declaraciones judiciales
- TÍTULO III
MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN FAVOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES - Artículo 24. Medidas generales de protección
- Artículo 25. Medidas especiales de protección
- Artículo 26. Medidas de protección para la declaración judicial de niños, niñas o...
- TÍTULO IV
DE LA FORMACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ENTREVISTADORES Y DE LOS PROTOCOLOS DE ATENCIÓN INSTITUCIONAL - Artículo 27. Disposición de entrevistadores
- Artículo 28. Proceso de formación de entrevistadores
- Artículo 29. Reglamento
- Artículo 30. Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Artículo 31. Protocolos de atención institucional
- TÍTULO V
NORMAS ADECUATORIAS - Artículo 32. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Procesal Penal: 1)...
Otras regulaciones
Fija normas para la promoción de cargos en las plantas de oficiales penitenciarios y de suboficiales y gendarmes Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales Promueve la competencia e inclusión financiera a través de la innovación y tecnología en la prestación de servicios financieros, ley fintec Declara feriado el día 2 de octubre de 2014, para la comuna de rancagua Establécese el 25 de agosto de cada año como el día nacional del peluquero y peluqueraMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
Email: [email protected]
Sitio web: www.palmaabogados.cl
WhatsApp: 56978732483
Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.
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