Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, aumenta el universo de beneficiarios y beneficiarias de la asignación familiar y maternal, y extiende el ingreso mínimo garantizado y el subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma Chile
Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, aumenta el universo de beneficiarios y beneficiarias de la asignación familiar y maternal, y extiende el ingreso mínimo garantizado y el subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica
- TÍTULO I
REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, Y AUMENTA EL UNIVERSO DE BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIAS DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL - Artículo 1. A contar del 1 de mayo de 2023, elévase a $440.000 el ingreso mínimo mensual...
- Artículo 2. A contar del 1 de mayo de 2023, elévase a $328.230 el ingreso mínimo mensual...
- Artículo 3. A contar del 1 de mayo de 2023, elévase a $283.619 el ingreso mínimo mensual...
- Artículo 4. Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso primero del artículo...
- Artículo 5. A partir del 1 de septiembre de 2023, los montos señalados en los artículos...
- Artículo 6. A más tardar en el mes de abril de 2025, el Presidente de la República...
- TÍTULO II
EXTIENDE EL SUBSIDIO PARA ALCANZAR UN INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO - Artículo 7. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.218, que Crea un...
- TÍTULO III
OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL Y OTRAS MEDIDAS DE APOYO PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y COOPERATIVAS - Artículo 8. Establécese un subsidio temporal de carácter mensual para el pago del...
- Artículo 9. Quedarán excluidas del subsidio contemplado en este Título: 1. Las...
- Artículo 10. Las personas naturales y jurídicas que inicien actividades después del 8 de...
- Artículo 11. El monto del subsidio que establece este Título corresponderá a la suma del...
- Artículo 12. El subsidio base mensual será el producto entre un monto por trabajador o...
- Artículo 13. Adicionalmente, las beneficiarias tendrán derecho al subsidio variable...
- Artículo 14. El monto mensual por trabajador o trabajadora establecido en el artículo 12...
- Artículo 15. El subsidio base mensual determinado según los artículos 12 y 13, y el...
- Artículo 16. El subsidio deberá ser solicitado por la beneficiaria una única vez, sin...
- Artículo 17. Las personas naturales y jurídicas contempladas en los números 1 y 2 del...
- Artículo 18. En el caso de que la solicitud de otorgamiento del subsidio que establece el...
- Artículo 19. La beneficiaria a quien se le haya otorgado el subsidio contemplado en el...
- Artículo 20. La beneficiaria del subsidio no podrá poner término al contrato de trabajo...
- Artículo 21. El subsidio establecido en este Título no estará afecto a impuesto alguno,...
- Artículo 22. El subsidio establecido en este Título se devengará desde el 1 de mayo de...
- Artículo 23. Otórganse al Servicio de Impuestos Internos las atribuciones y facultades...
- Artículo 24. Facúltase a la Tesorería General de la República para compensar y retener...
- Artículo 25. Las micro, pequeñas y medianas empresas que reciban el subsidio contemplado...
- Artículo 26. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.256, que...
- Artículo 27. Reemplázase en el inciso primero del artículo 6 de la ley N° 21.514, que...
- Artículo 28. Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso primero del artículo...
- Artículo 29. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 19 de la ley N°...
- TÍTULO IV
OTRA DISPOSICIÓN - Artículo 30. El mayor gasto que represente la aplicación de las disposiciones contenidas...
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ola ola kiero trabajo alo
- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite
quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
josepatriciomonardezarce225@gmail.com
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