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Propiedad intelectual Artículo 49 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30-07-2026

Propiedad intelectual
Artículo 49.

El contrato de edición no confiere al editor otros derechos que el de imprimir, publicar y vender los ejemplares de la obra en las condiciones convenidas. El autor retiene los derechos exclusivos de traducción, presentación en público, adaptación cinematográfica, fonográfica o televisual y todos los demás de utilización de la obra.

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Chile Art. 49 Propiedad intelectual
Artículo 1 ...37 BIS 48 49 50 51 ...112

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