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Modifica leyes de control aplicables por el ministerio de agricultura, establece normas sobre actividades apicolas y sanciona la explotacion ilegal de maderas Artículo 26 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-09-2024

Modifica leyes de control aplicables por el ministerio de agricultura, establece normas sobre actividades apicolas y sanciona la explotacion ilegal de maderas
Artículo 26.

Para solicitar la importación de abejas y productos apícolas, los organismos y particulares interesados deberán inscribirse en un Registro que establecerá el Servicio Agrícola y Ganadero.

Este Servicio podrá eliminar, temporal o definitivamente, a aquellos que infringieren las disposiciones del presente decreto con fuerza de ley o de otras referentes a actividades apícolas.



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el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."


10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa


10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio


10/10 se lo cite a una mina , no me ha contestado hace 3 meses , tengo que hablar con el legislador para que interprete su señal


si trabajo solo 5 horas de las 8 horas diarias porque mi escuela esta en paro. me pueden despedir


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