Ley de delitos económicos Artículo 58 Chile
Ley de delitos económicos
Artículo 58.
Modificaciones a la ley N° 20.009. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 7 de la ley N° 20.009, que Establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude:
1. En el inciso primero:
a) Deróganse las letras a), b), c), d), e) y g).
b) Sustitúyese la letra f) por la siguiente:
"f) Usar maliciosamente una tarjeta de pago o clave y demás credenciales de seguridad o autenticación, bloqueadas, para realizar pagos, transacciones electrónicas o cualquier otra operación que corresponda exclusivamente al titular o usuario de ellas.".
2. Derógase el inciso segundo.
Chile Art. 58 Ley de delitos económicos
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Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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