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Fija planta del servico medico legal Artículo 3 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-03-2026

Fija planta del servico medico legal
Artículo 3.

Fíjase, a contar del primer día del mes siguiente al de la publicación de este Decreto con Fuerza de Ley, la planta de profesionales funcionarios regidos por la Ley N° 15.076, en la forma que a continuación se indica:

Horas N° de Cargos

11 HORAS

22 HORAS

44 HORAS

TOTAL 28



Chile Art. 3 Fija planta del servico medico legal
Artículo 1 2 3 4 5 ...7

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Nicolás Mansilla, pasa sistema jurídico!!!!!


Maxcimiliano Latorre, tiene que estudiar mas


Rodrigo Meneses Chupalo meando


ELIMINARON UN PARRAFO. sobre que "Los hijos deben respeto y obediencia a sus padres. "


Aguante la UV loco


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