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Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social Artículo 2 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-04-2025

Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social
Artículo 2.

Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos antes señalados:

a) Directivos:

Subdirector, alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 9 semestres de duración y 8 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

iii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración, más grado

académico de magíster o superior y

experiencia profesional mínima de 5 años.

Subdirector Fiscal: Título profesional de abogado y 5 años de experiencia profesional, como mínimo.

Jefes de departamento, alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 8 años de

experiencia profesional, como mínimo. Directivos grados 4° y 5°, alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 8 años de

experiencia profesional, como mínimo.

b) Profesionales

Grado 5° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 4 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 7 años de

experiencia profesional, como mínimo.

Grados 6° y 7° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 3 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo.

Grados 8° al 11° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 2 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 4 años de

experiencia profesional, como mínimo.

Grados 12° y 13° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 2 años de

experiencia profesional, como mínimo.

c) Fiscalizadores:

Grados 10° y 11° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 3 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título técnico de nivel superior otorgado

por un establecimiento de educación

superior del Estado o reconocido por éste,

y acreditar una experiencia laboral como

técnico de nivel superior, no inferior a 5

años.

Grados 12° y 13° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 2 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título técnico de nivel superior otorgado

por un establecimiento de educación

superior del Estado o reconocido por éste,

y acreditar una experiencia laboral como

técnico de nivel superior, no inferior a 4

años.

Grados 14° y 15° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración, o

ii) título técnico de nivel superior otorgado

por un establecimiento de educación

superior del Estado o reconocido por éste,

y acreditar una experiencia laboral como

técnico de nivel superior, no inferior a 3

años.

d) Administrativos: Grados 14° y 15°: licencia de educación media o equivalente y 3 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 16° al 19°: licencia de educación media o equivalente y 2 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 20° al 22°: licencia de educación media o equivalente.

e) Auxiliares: Grado 19°: licencia de educación media o equivalente y 3 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 20° y 21°: licencia de educación media o equivalente y 2 años de experiencia laboral, como mínimo. Grado 22°: licencia de educación media o equivalente.



Chile Art. 2 Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social
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Si, hasta 10 años de carcel,

Slds.


Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).


Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.


Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?

Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?

Extracto Artículo 135:

> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada


No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.


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