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Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social Artículo 2 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-04-2024

Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social
Artículo 2.

Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos antes señalados:

a) Directivos:

Subdirector, alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 9 semestres de duración y 8 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

iii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración, más grado

académico de magíster o superior y

experiencia profesional mínima de 5 años.

Subdirector Fiscal: Título profesional de abogado y 5 años de experiencia profesional, como mínimo.

Jefes de departamento, alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 8 años de

experiencia profesional, como mínimo. Directivos grados 4° y 5°, alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 8 años de

experiencia profesional, como mínimo.

b) Profesionales

Grado 5° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 4 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 7 años de

experiencia profesional, como mínimo.

Grados 6° y 7° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 3 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 5 años de

experiencia profesional, como mínimo.

Grados 8° al 11° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración y 2 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 4 años de

experiencia profesional, como mínimo.

Grados 12° y 13° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 10 semestres de duración, o

ii) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 2 años de

experiencia profesional, como mínimo.

c) Fiscalizadores:

Grados 10° y 11° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 3 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título técnico de nivel superior otorgado

por un establecimiento de educación

superior del Estado o reconocido por éste,

y acreditar una experiencia laboral como

técnico de nivel superior, no inferior a 5

años.

Grados 12° y 13° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración y 2 años de

experiencia profesional, como mínimo, o

ii) título técnico de nivel superior otorgado

por un establecimiento de educación

superior del Estado o reconocido por éste,

y acreditar una experiencia laboral como

técnico de nivel superior, no inferior a 4

años.

Grados 14° y 15° , alternativamente:

i) título profesional de una carrera de, a lo

menos, 8 semestres de duración, o

ii) título técnico de nivel superior otorgado

por un establecimiento de educación

superior del Estado o reconocido por éste,

y acreditar una experiencia laboral como

técnico de nivel superior, no inferior a 3

años.

d) Administrativos: Grados 14° y 15°: licencia de educación media o equivalente y 3 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 16° al 19°: licencia de educación media o equivalente y 2 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 20° al 22°: licencia de educación media o equivalente.

e) Auxiliares: Grado 19°: licencia de educación media o equivalente y 3 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 20° y 21°: licencia de educación media o equivalente y 2 años de experiencia laboral, como mínimo. Grado 22°: licencia de educación media o equivalente.



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Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.

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 PREGUNTA:

Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.

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Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

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una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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