Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico Artículo 33 Chile
Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico
Artículo 33.
Introdúcense en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 90, de Hacienda, de 1977, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto N° 305, de Hacienda, de 1980, las siguientes modificaciones:
a) Sustitúyense los grados de la escala única de sueldos, en los siguientes escalafones:
"JEFATURAS A ------------------------------------------------------- Grado E.U.S. Nivel -------------------------------------------------------
9 Jefatura A I
10 Jefatura A II
JEFATURAS B
11 y 12 Jefatura B I
13 Jefatura B II
JEFES DE PRESUPUESTOS
9 y 10 Jefe Presupuesto I 11, 12 y 13 Jefe Presupuesto II" -------------------------------------------------------
b) Suprímese el escalafón de Jefaturas C y el Nivel III del escalafón de Jefes de Presupuestos.
Chile Art. 33 Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico
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Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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