Fija normas sobre centros de formacion tecnica Chile
Descargar gratis Fija normas sobre centros de formacion tecnica Decreto con Fuerza de Ley 24, 07 de Abril 1981 (.doc)
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025
Fija normas sobre centros de formacion tecnica
- TITULO I- DE LOS CENTROS DE FORMACION TECNICA
- Artículo 1. Los Centros de Formación Técnica son establecimientos de enseñanza superior,...
- Artículo 2. Los organismos a que se refiere el artículo anterior, podrán otorgar el...
- Artículo 3. El requisito de ingreso a estas carreras es la Licencia de Educación Media o...
- Artículo 4. Estos Centros, podrán celebrar los convenios a que se refiere el artículo 3°...
- TITULO II- DE LA CREACION Y DISOLUCION DE LOS CENTROS DE FORMACION TECNICA
- Artículo 5. Cualquiera persona natural o jurídica podrá crear Centros de Formación...
- Artículo 6. Los organizadores de un Centro de Formación Técnica, deberán enviar al...
- Artículo 7. Las Instituciones que tengan más de una Sede deberán enviar los antecedentes...
- Artículo 8. El Ministerio de Educación, dentro del plazo de 90 días de presentada la...
- Artículo 9. Aprobada la solicitud el Ministerio de Educación dictará un decreto de...
- Artículo 10. Por resolución del Subsecretario de Educación se aprobarán las carreras que...
- Artículo 11. Los cursos no conducentes a un título técnico deberán impartirse con clara...
- Artículo 12. Por Decreto del Ministerio de Educación se podrá eliminar del Registro a que...
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