Fija normas para regularizar la posesion de la pequeña propiedad raiz y para la constitucion del dominio sobre ella Chile
Fija normas para regularizar la posesion de la pequeña propiedad raiz y para la constitucion del dominio sobre ella
- TITULO I
Disposiciones Generales - Artículo 1. Los poseedores materiales de bienes raíces rurales o urbanos, cuyo avalúo...
- Artículo 2. Para ejercitar el derecho a que se refiere el artículo anterior, el...
- Artículo 3. El solicitante podrá agregar a su posesión la de sus antecesores, sea ésta...
- Artículo 4. La posesión material deberá acreditarse en la forma establecida en el...
- Artículo 5. El solicitante deberá acompañar una declaración jurada, prestada ante...
- Artículo 6. El cumplimiento del requisito de no existir juicio pendiente se acreditará...
- Artículo 7. La presente ley será aplicable a los inmuebles ubicados en cualquier punto...
- Artículo 8. No obstante, lo dispuesto en el artículo anterior, las normas de la presente...
- Artículo 9. El que maliciosamente obtuviere el reconocimiento de la calidad de poseedor...
- TITULO II
Del procedimiento - Artículo 10. Presentada la solicitud en el Servicio, éste la admitirá a tramitación,...
- Artículo 11. Cumplidos los trámites a que se refiere el artículo anterior y previo...
- Artículo 12. Si no se dedujere oposición dentro del plazo indicado en el artículo...
- Artículo 13. Cuando el Servicio rechazare una solicitud, el interesado podrá recurrir al...
- Artículo 14. El Conservador de Bienes Raíces deberá practicar la inscripción del inmueble...
- TITULO III
De los efectos de la inscripción - Artículo 15. La resolución del Servicio que acoja la solicitud se considerará como justo...
- Artículo 16. Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, expirado el...
- Artículo 17. Los poseedores de inmuebles inscritos con arreglo a esta ley no podrán...
- TITULO IV
Del Ejercicio de Derechos por Terceros - Artículo 18. Los terceros que pretendan impugnar la solicitud o la inscripción practicada...
- Párrafo 1°
De la oposición - Artículo 19. Los terceros que formulen oposición a la solicitud en la oportunidad...
- Artículo 20. La oposición deberá deducirse ante el Servicio desde el momento en que se...
- Artículo 21. El Servicio podrá asumir, por excepción, el patrocinio y representación del...
- Artículo 22. Recibida la demanda, el tribunal examinará si invoca alguno de los...
- Artículo 23. El juez dictará sentencia dentro del plazo de diez días hábiles, contado...
- Artículo 24. La sentencia que rehace total o parcialmente la oposición, ordenará la...
- Artículo 25. La sentencia judicial que ordene la inscripción sera considerada como justo...
- Párrafo 2°
De las acciones de dominio - Artículo 26. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19° los terceros podrán, dentro...
- Artículo 27. Si el Tribunal acogiere la acción a que se refiere el artículo anterior,...
- Párrafo 3°
De la compensación de derechos en dinero - Artículo 28. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 19° y 26°, los terceros que...
- Artículo 29. La acción a que se refiere el artículo anterior deberá ejercerse dentro del...
- Artículo 30. Si la sentencia reconociere los derechos invocados, el valor de los mismos...
- TITULO V
Disposiciones Varias - Artículo 31. Los predios rústicos inscritos de acuerdo con las disposiciones de la...
- Artículo 32. Las facultades que esta ley confiere al Servicio, podrán delegarse en sus...
- Artículo 33. Por decreto supremo, dictado a través del Ministerio de Tierras y...
- Artículo 34. Los organismos, instituciones o empresas del Estado y aquellos en que éste...
- Artículo 35. Las solicitudes de regularización de la posesión de acuerdo con las normas...
- Artículo 36. El Servicio gozará de privilegio de pobreza en todas sus actuaciones.
- Artículo 37. La mujer casada se considerará separada de bienes para los efectos de...
- Artículo 38. Derógase el decreto con fuerza de ley 6, de 1968, del Ministerio de...
- Artículo 39. Las normas de los artículos 58° y 101° del Reglamento del Registro...
- Artículo 40. Para el cumplimiento de las funciones que le asigna el presente texto,...
- Artículo 41. Los gastos que demande la aplicación del procedimiento de regularización...
- Artículo 42. El Servicio tendrá, además, en las materias de que trata esta ley, las...
- Artículo 43. Las transferencias, adjudicaciones y todas las actuaciones encaminadas a...
- Artículo 44. En relación con las propiedades a que se refiere la presente ley, los...
Otras regulaciones
Establece regimen de participacion en los gananciales, y modifica el codigo civil, la ley de matrimonio civil, el codigo penal, el codigo de procedimiento penal y otros cuerpos legales que indica Aprueba estatuto organico del instituto antartico chileno Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta; modifica tasa del impuesto al valor agregado; establece beneficio a las donaciones con fines educacionales y modifica otros textos legales que indica Prorroga la entrada en vigencia de la obligación de instalar dispositivos de posicionamiento automático en el mar, respecto de embarcaciones pesqueras artesanales Crea el ministerio de planificación y cooperaciónMejores juristas





Buenas tardes, tengo un par de consultas:
En caso de cerrar mi terreno por seguridad, ¿son los dueños de los canales quienes deben instalar una puerta para su acceso? o si yo cierro y hago yo la puerta, ¿pudiese entregarle una cierta cantidad de copias de llaves para que puedan ejercer su trabajo?
Segunda consulta, con respecto a las servidumbres, ¿quienes se hacen responsables de la limpieza propiamente tal de esa servidumbre?, y si es los dueños del canal ¿se les puede exigir la limpieza de estos en caso de que haya mucho cumulo de basura y restos de maleza por ejemplo?
saludos
Buenas tardes, soy chileno viviendo en Alemania y está la posibilidad de viajar a Chile repentinamente (en los próximos 3-4 días) por un evento familiar. Me gustaría saber si es que viajo con mi hija de 5 años (Alemana), existe algún problema luego a la nuestra vuelta a Alemania? Necesito una autorización de mi esposa (no estamos separados) para que nuestra hija vuelva a casa en Alemania?
Tenemos una autorización (sin caducidad) que hicimos hace 1,2 años que está en Alemán, Español, Ingles y está apostillada. Viajaría con todos los documentos que tenemos de familia (certificados de nacimientos de la madre, padre e hija, certificado de matrimonio, registro de domicilio, etc). Dada la premura del viaje no hay tiempo para hacer otra autorización.
Desde ya agradezco una orientación ya que no pude encontrar algo relacionado con menores de edad extranjeros que vuelven a su país de origen con uno de sus padres.
Muchas gracias!
Me rechazaron solicitud PGU por artículo 10 lectraC). Efectivamente estuve fuera de Chile más de cinco años. Hoy resido en chile y el IPS no aplicó el artículo 14 de la ley y reglamento que dice que si tengo más de 20 años de cotización ese artículo se considera cumplido. Estoy en lo cierto o equivocado de como y cuando se aplica el artículo 14. Reclamé y envié certificado de cotizaciones, 28 años 4 meses y certificado de viajes pdi. Última salida y regreso agosto 2022. Gracias
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buenas tengo viculo conyugal poseo la definitiva y tengo 3 años y medio puedo octar por la nacionalidad
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