Extiende transitoriamente el permiso postnatal parental Artículo 3° Chile
Extiende transitoriamente el permiso postnatal parental
Artículo 3°.
Las trabajadoras y los trabajadores que hagan uso de la extensión del permiso postnatal parental que otorga esta ley tendrán derecho a una prórroga del fuero a que se refiere el artículo 201 del Código del Trabajo. El período de prórroga será equivalente al período efectivo de la extensión del permiso postnatal parental, y regirá inmediatamente terminado el período de fuero antes referido.
Chile Art. 3° Extiende transitoriamente el permiso postnatal parental
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Si el fuero se extiende tambien se extienden por el mismo periodo los beneficios del fuero, es decir el beneficio de sala cuna continua con la extension del fuero ??
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