Establece pension de reparacion y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica Chile
Establece pension de reparacion y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica
- " TITULO I De la pensión de reparación y bono
- Artículo 1. Establécese una pensión anual de reparación en beneficio de las víctimas...
- Artículo 2. La pensión anual establecida en el artículo anterior ascenderá a $1.353.798...
- Artículo 3. El beneficiario podrá solicitar al Instituto de Normalización Previsional,...
- Artículo 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos segundo, tercero y cuarto del...
- Artículo 5. Las personas individualizadas en el anexo "Menores de edad nacidos en...
- Artículo 6. La pensión anual y los bonos que establece esta ley serán inembargables.
- Artículo 7. Tanto la pensión como el bono establecidos por la presente ley, se...
- Artículo 8. El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante un reglamento que...
- TITULO II
De los beneficios médicos - Artículo 9. Agrégase al inciso primero del artículo séptimo de la ley Nº 19.980, la...
- Artículo 10. Las personas señaladas en los artículos 1º y 5º de la presente ley, tendrán...
- TITULO III De los beneficios educacionales
- Artículo 11. El Estado garantizará la continuidad gratuita de los estudios, sean de nivel...
- Artículo 12. Los beneficiarios que soliciten completar sus estudios de educación básica y...
- Artículo 13. Los beneficiarios que soliciten continuar sus estudios de enseñanza superior...
- Artículo 14. Un reglamento expedido a través del Ministerio de Educación y que además...
- TITULO IV
Del secreto - Artículo 15. Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las...
- TITULO V
Del financiamiento - Artículo 16. Los beneficios establecidos en el Título I de la presente ley serán...
- Artículo 17. Los parientes hasta segundo grado en la línea recta y hasta cuarto en la...
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jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite
quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
Que página más buena.
Frente playero el resto que la chupe
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