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Establece normas sobre pesca recreativa Artículo 14 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-03-2026

Establece normas sobre pesca recreativa
Artículo 14. Estudios técnicos para la declaración de áreas preferenciales

Los estudios técnicos que sirvan de fundamento para la declaración de áreas preferenciales serán financiados con recursos provenientes del Fondo de Investigación Pesquera, los que deberán ser adjudicados previa licitación pública. No obstante, también se podrá acceder a financiamiento a través de otros fondos.

Los participantes en la licitación deberán ser consultores inscritos en el registro a que se refiere el artículo 55 de esta ley.



Chile Art. 14 Establece normas sobre pesca recreativa
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san seba me cagaste la vida



giannone prime


Aaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa


Tiene que estudiar mas maxcimiliano, se va echar el ramo


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