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Establece normas sobre deficientes mentales Artículo 11 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-03-2026

Establece normas sobre deficientes mentales
Artículo 11.

Establécese una subvención de educación especial destinada a financiar la educación de las personas con discapacidad mental discreta, moderada o grave, que cumplan con las exigencias de la presente ley.

La subvención por alumno será la que el decreto ley N° 3.476, de 1980, establece para la "Educación General Básica Especial Diferenciada".



Chile Art. 11 Establece normas sobre deficientes mentales
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les duele catar



El Nani se la come


  1. chupenlo zurdos qls, la tienen adentro

chupalo kast


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