Establece normas para la plena integracion social de personas con discapacidad Chile
Establece normas para la plena integracion social de personas con discapacidad
- TITULO I Normas preliminares Derogado.
- Artículo 1. (DEROGADO)
- Artículo 2. (DEROGADO)
- Artículo 3. (DEROGADO)
- Artículo 4. (DEROGADO)
- Artículo 5. (DEROGADO)
- Artículo 6. (DEROGADO)
- TITULO II De la Calificación y Diagnóstico de las Discapacidades Derogado.
- Artículo 7. (DEROGADO)
- Artículo 8. (DEROGADO)
- Artículo 9. (DEROGADO)
Artículo 10. (DEROGADO)
Artículo 11. (DEROGADO)
Artículo 12. (DEROGADO)
- TITULO III De la Prevención y Rehabilitación Derogado.
Artículo 13. (DEROGADO)
Artículo 14. (DEROGADO)
Artículo 15. (DEROGADO)
Artículo 16. (DEROGADO)
Artículo 17. (DEROGADO)
- TITULO IV
De la equiparación de oportunidades
Capítulo I
Del acceso a la cultura, a la información, a las comunicaciones y al espacio físico Artículo 19. Derogado.
Artículo 20. Derogado.
- Artículo 21. Las nuevas construcciones, ampliaciones, instalaciones, sean éstas...
Artículo 22. Derogado.
Artículo 23. Derogado.
Artículo 24. Derogado.
Artículo 25. Derogado.
- CAPÍTULO I
Del acceso a la cultura, a la información, a las comunicaciones y al espacio físico, y de los perros de asistencia
Derogado. Artículo 18. (DEROGADO)
- 2º. De los perros de asistencia para personas con discapacidad.
- Artículo 25 A. Toda persona con discapacidad, no obstante lo señalado en el artículo 6º,...
- Artículo 25 B. El acceso, la circulación y la permanencia, en los lugares y medios de...
- Artículo 25 C. Para los efectos previstos en esta ley, se entenderá por "perro de...
- Artículo 25 D. Los perros de asistencia deberán estar debidamente identificados, mediante...
- Artículo 25 E. Corresponderá al dueño del perro de asistencia, o a quien se sirva de él,...
- Artículo 25 F. El entrenamiento de perros de asistencia estará a cargo de instituciones con...
- Capítulo II Del acceso a la educación Derogado.
Artículo 26. (DEROGADO)
Artículo 27. (DEROGADO)
Artículo 28. (DEROGADO)
Artículo 29. (DEROGADO)
Artículo 30. (DEROGADO)
Artículo 31. (DEROGADO)
Artículo 32. (DEROGADO)
- Capítulo III De la capacitación e inserción laborales Derogado.
Artículo 33. (DEROGADO)
Artículo 34. (DEROGADO)
Artículo 35. (DEROGADO)
Artículo 36. (DEROGADO)
Artículo 37. (DEROGADO)
Artículo 38. (DEROGADO)
- Capítulo IV De las exenciones arancelarias Derogado.
Artículo 39. (DEROGADO)
Artículo 40. (DEROGADO)
Artículo 41. (DEROGADO)
Artículo 42. (DEROGADO)
Artículo 43. (DEROGADO)
Artículo 44. (DEROGADO)
Artículo 45. (DEROGADO)
- TITULO V Del Registro Nacional de la Discapacidad Derogado.
Artículo 46. (DEROGADO)
Artículo 47. (DEROGADO)
- TITULO VI Procedimiento y Sanciones Derogado.
Artículo 48. (DEROGADO)
Artículo 49. (DEROGADO)
Artículo 49 A. Artículo 49° A.- (DEROGADO)
Artículo 50. (DEROGADO)
Artículo 51. (DEROGADO)
- TITULO VII Del Fondo Nacional de la Discapacidad Derogado.
Artículo 52. (DEROGADO)
Artículo 53. (DEROGADO)
Artículo 54. (DEROGADO)
Artículo 55. (DEROGADO)
Artículo 56. (DEROGADO)
Artículo 57. (DEROGADO)
Artículo 58. (DEROGADO)
Artículo 59. (DEROGADO)
Artículo 60. (DEROGADO)
Artículo 61. (DEROGADO)
Artículo 62. (DEROGADO)
Artículo 63. (DEROGADO)
- TITULO VIII
Disposiciones Generales Artículo 64. Derogado.
- Artículo 65. Para el ejercicio de las funciones dispuestas por la letra h) del artículo...
Otras regulaciones
Establece beneficios previsionales por gracia para personas exoneradas por motivos politicos en lapso que indica y autoriza al instituto de normalizacion previsional para transigir extrajudicialmente en situaciones que señala Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad covid-19 en chile Establece normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales del decreto con fuerza de ley nº 2, de 1998 Declara feriado el día 10 de agosto para la región de tarapacá, con motivo de la fiesta religiosa de san lorenzo de tarapacá Establece normas sobre reforma tributariaMejores juristas





si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.
Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.
La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.
1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?
2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?
Buenas tardes. Gracias por informarnos.
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