Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas Artículo 63 Chile
Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas
Artículo 63.
El personal del cuadro permanente y de gente de mar podrá ascender al grado superior previa aprobación de los cursos que lo habiliten para ser promovidos según el grado jerárquico que invista. Estos cursos podrán ser de aplicación, de especialización o perfeccionamiento, de supervisión, de mando, de administración u otros que determine la reglamentación institucional.
La permanencia en la Institución de aquel personal que habiendo sido convocado a curso, renuncie expresamente, no se presente a la convocatoria o lo repruebe definitivamente, será resuelta por la respectiva Junta de Selección en el período de calificaciones más próximo. Ello, sin perjuicio de la atribución del Director del Personal o Comandante del Comando de Personal de calificar la procedencia de un cambio de escalafón, cuando éste sea conveniente para el servicio.
Chile Art. 63 Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas
Mejores juristas
Andrés Retamales
Tu Consulta Jurídica SpA
Rodrigo Cortés Barrera
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Hola! Podrías enviar tu caso al correo, preguntas por matías, tenemos mucha trayectoria en causas de propiedades familiares, podríamos ofrecerte un servicio jurídico integral para ayudarte con este problema.
Leer de nuevo
Crea el departamento de isla de pascua Artículo 9. Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas Artículo 82. Crea el departamento de isla de pascua Artículo 6.Recomendados
Crea un fondo de garantías especiales Artículo 10. Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego Artículo 52. Establece el marco legal para la constitucion y operacion de entidades privadas de deposito y custodia de valores Artículo 42. Crea la defensoria penal publica Artículo 48. Ley organica constitucional del tribunal constitucional Artículo 143.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios