Deroga la ley n° 8.834, de 1947, y regula beneficios para promover la realización en chile de eventos deportivos oficiales de relevancia internacional Chile
Deroga la ley n° 8.834, de 1947, y regula beneficios para promover la realización en chile de eventos deportivos oficiales de relevancia internacional
- Artículo 1. Las rentas, remuneraciones, beneficios, participaciones y, en general, todos...
- Artículo 2. Autorízase la internación y libérase de todo derecho de internación, tasas,...
- Artículo 3. Las siguientes mercancías quedarán comprendidas en las liberaciones...
- Artículo 4. Derógase la ley N° 8.834, de 1947, que declara exentas de los impuestos...
Otras regulaciones
Ley general de pesca y acuicultura Implementa la convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción y la convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción Modifica el régimen de los reglamentos que fijen o modifiquen las plantas de personal municipal Autoriza erigir un monumento en homenaje a los extrabajadores de las empresas textiles de la comuna de tomé Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclajeMejores juristas





La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.
1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?
2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?
Buenas tardes. Gracias por informarnos.
Se pegó por error el "L. 19.585"
solicitar posesión efectiva y con eso puede ir al banco
claro que si, ya que carece de compromiso de compraventa, es solo verbal.
Publique la información de sí mismo
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