Crea un nuevo sistema de subsidio unificado de empleo Artículo 21 Chile
Crea un nuevo sistema de subsidio unificado de empleo
Artículo 21.
Cálculo del subsidio de las personas trabajadoras dependientes con dos o más remuneraciones y con rentas del numeral 2° del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta. Si la persona trabajadora dependiente percibe simultáneamente remuneraciones de dos o más empleadores, podrá postular a solo un subsidio al empleo, el cual se calculará sobre la base de la suma total de las remuneraciones que reciba.
Igual ocurrirá con las personas trabajadoras que reciben remuneraciones y tengan rentas del numeral 2° del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, circunstancia en que se considerarán los honorarios declarados en los meses respectivos.
Las personas trabajadoras independientes, de acuerdo al numeral 2° del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y las personas trabajadoras dependientes que revistan a la vez la calidad de independientes, solo podrán optar al pago anual del subsidio. Para ello se deberá considerar como base para el cálculo del beneficio la totalidad de las rentas brutas del trabajo de los doce meses siguientes a la asignación del subsidio unificado y se podrá acceder al subsidio solo en caso que el promedio de éstas sea igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales.
De verificarse la circunstancia anterior, las personas trabajadoras independientes y aquellas que detenten la calidad de dependiente e independiente, tendrán derecho al pago respecto de cada mensualidad en que registren efectivamente rentas brutas del trabajo declaradas y éstas fueran iguales o inferiores a 2,25 ingresos mínimos mensuales, calculado respecto de cada una de ellas el monto del beneficio conforme a lo dispuesto en el artículo 18.
El reglamento a que refiere el artículo 9 podrá fijar los procedimientos y directrices necesarios para la aplicación de lo establecido precedentemente.
Chile Art. 21 Crea un nuevo sistema de subsidio unificado de empleo
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Hola me llamo laura según este artículo mi matrimonio lésbico legalmente celebrado con Javiera Rivera es nulo ya que no podemos procrear, mal ahí,,,, me la hiciste javierita
Hola nunca supe que debia una multa 1utm en la quinta region por no portar lic de conducir, por la cual ahora tengo primero orden de arresto del año 2021 y ahora arraigo no se desde cuando, viajaba el lunes a Italia babra posibilidad de q el mismo lunes pague esa multa y se levante el arraigo pudiendo viajar el mismo dia lunes ?
Me entere ayer :(
Gracias. Se entiende
Buenos días. Gracias por su mensaje. El texto del artículo ya está actualizado.
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